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Modificaciones al acuerdo NOM

Las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) tienen como objetivo prevenir los riesgos en de la salud, la vida y el patrimonio de los mexicanos. Con este fin, la Secretaría de Economía sigue trabajando en acuerdos que buscan establecer la información comercial y sanitaria que debe contener el etiquetado de productos de fabricación nacional o extranjera, comercializados en México.



En el marco de esos acuerdos, el pasado 1° de octubre, en el Diario Oficial de la Federación se emitió el acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y Criterios de Carácter General en materia de Comercio Exterior. Este acuerdo implica reformas al Anexo 2.4.1 de las Fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, cuyas mercancías están sujetas al cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas.

Dentro de los cambios mencionados, se destacan algunas especificaciones en el numeral 6 del acuerdo, respecto al etiquetado del producto y los medios a los que los importadores pueden recurrir para comprobar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas de información comercial.


Así mismo, uno de los puntos más importantes, es la desaparición de la fracciones VII y VIII en el numeral 10 del acuerdo, las cuales implican la eliminación de las cartas de excepción de NOM que permitían a los importadores no presentar la certificación de 64 NOM específicas, cuando el producto sería usado para su transformación en el territorio nacional sin llegar directamente a un consumidor final.

Le invitamos a conocer más sobre el acuerdo leyendo la publicación en el Diario Oficial de la Federación Información sobre etiquetado de productos

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